Emilio González Izquierdo
No se trata solo de aranceles, volúmenes de importación o precios en origen. En el centro del conflicto hay una cuestión de fondo que los agricultores conocen bien: la desigualdad regulatoria en el uso de materias activas fitosanitarias.
Mientras los productores europeos trabajan bajo la legislación más estricta del mundo, muchos de sus competidores directos en Brasil, Argentina, Paraguay y Uruguay siguen utilizando sustancias que la propia UE ha prohibido por razones sanitarias y ambientales. Y, sin embargo, sus productos pueden acabar en los mismos mercados.
Desde la entrada en vigor del Reglamento (CE) nº 1107/2009, la UE ha aplicado un enfoque de “criterios de exclusión”: si una sustancia presenta riesgos graves: carcinogenicidad, toxicidad reproductiva, alteración endocrina, neurotoxicidad o daños inaceptables al medio ambiente; se elimina del mercado, incluso aunque no existan alternativas eficaces.
El resultado ha sido la retirada de decenas de materias activas clave para el control de plagas, malas hierbas y enfermedades. Para el agricultor europeo, esto se traduce en:
- Menos herramientas disponibles.
- Más costes de producción.
- Más riesgo agronómico.
- Menor competitividad frente a terceros países.
En cuanto a las sustancias prohibidas que siguen usándose en Mercosur, la lista es extensa y bien documentada. Algunas de las materias activas más controvertidas y que deberían hacer saltar todas las alarmas son:
Clorpirifos y clorpirifos-metil
Prohibidos en la UE desde 2020 por su neurotoxicidad en el desarrollo infantil, tras los dictámenes de la EFSA (Reglamentos de Ejecución UE 2020/18 y 2020/17).
Siguen autorizados en Brasil, Argentina, Paraguay y Uruguay, y se emplean en cultivos que compiten directamente con la producción europea.
Mancozeb
Fungicida retirado en 2020 (Reglamento UE 2020/2087) por su toxicidad reproductiva y carácter de disruptor endocrino.
En Mercosur continúa siendo una herramienta básica en patata, cereal y hortícolas.
Atrazina, paraquat, carbendazim, fipronil, glufosinato, bifentrina, procloraz, dicofol o thiram
Todas ellas excluidas del mercado europeo por motivos que van desde la contaminación de aguas subterráneas hasta la toxicidad para abejas, fauna silvestre o trabajadores agrícolas.
Todas ellas, con distintos grados de restricción, siguen utilizándose en países de Mercosur.
Ahora bien, al no existir una regulación común para todos los países de Mercosur, el uso de estas materias activas varía mucho de un país a otro, siendo Brasil es el país del Mercosur con mayor número de materias activas prohibidas en la UE aún autorizadas. Argentina tiende a una situación intermedia (prohibiciones parciales y restricciones). Paraguay suele mantener registros más antiguos con menos revisiones toxicológicas. Uruguay es el más alineado con la UE, aunque no completamente.

El problema no es solo ambiental: es económico
La paradoja es evidente, el agricultor europeo no puede usar estas sustancias, pero sí compite con productos importados cultivados con ellas. Aunque se cumplan los límites máximos de residuos, el diferencial de costes y eficacia existe. Esta situación genera: competencia desleal, presión a la baja sobre los precios en origen y sensación de agravio comparativo en el sector.
No es casualidad que esta cuestión esté en el centro de las movilizaciones agrarias en España y otros países de la UE.
Ante este escenario, las organizaciones agrarias reclaman cláusulas espejo en los acuerdos comerciales: que los productos importados cumplan los mismos estándares fitosanitarios, ambientales y laborales que se exigen a los agricultores europeos.
Sin cláusulas espejo, la transición ecológica se convierte en una desventaja competitiva. Más aún cuando la Política Agraria Común (PAC) empuja al agricultor europeo hacia:
- Reducción de fitosanitarios.
- Más exigencias ambientales.
- Más controles y burocracia.
De modo que la situación se ha hecho insostenible para los agricultores europeos, y ahora está en manos de la justicia europea dirimir si estos acuerdos son compatibles con el derecho comunitario. No obstante, hasta que falle el que el TJUE, la Comisión puede decidir que el acuerdo se aplique de manera temporal.
La protesta del campo europeo no pide privilegios. Pide coherencia. Si Europa prohíbe una materia activa por proteger la salud y el medio ambiente, no puede permitir que los agricultores compitan con productos obtenidos con esas mismas sustancias.
Sin cláusulas espejo y sin una PAC alineada con la política comercial se está obligando al agricultor europeo a producir más caro, con más exigencias y menos herramientas… para competir en desigualdad.
Y los agricultores han dejado claro que no están dispuestos a aceptarlo.
Las materias activas prohibidas en la UE y su respaldo normativo:
Clorpirifos y clorpirifos-metil
Insecticidas organofosforados ampliamente utilizados en cultivos hortícolas y frutales.
- No renovación en la UE:
- Reglamento de Ejecución (UE) 2020/18 (clorpirifos)
- Reglamento de Ejecución (UE) 2020/17 (clorpirifos-metil)
- Fecha efectiva: enero de 2020
- Motivo: evidencia de neurotoxicidad en el desarrollo infantil y ausencia de umbral seguro de exposición (EFSA).
- Estado en Mercosur:
- Brasil: autorizado (ANVISA)
- Argentina: autorizado (SENASA)
- Paraguay y Uruguay: autorizado con restricciones
Mancozeb
Fungicida clave en patata, cereal y hortícolas.
- No renovación en la UE: Reglamento de Ejecución (UE) 2020/2087
- Fecha: diciembre de 2020
- Motivo: toxicidad reproductiva (cat. 1B) y efectos disruptores endocrinos.
- Estado en Mercosur:
- Autorizado y ampliamente usado en los cuatro países.
Bifentrina
Insecticida piretroide.
- Situación en la UE: eliminada del listado de sustancias aprobadas del Reglamento (UE) 540/2011, actualizado por el Reglamento (UE) 2022/1252.
- Motivo: toxicidad elevada para organismos acuáticos y riesgo ambiental.
- Estado en Mercosur: autorizada en Brasil y Argentina; uso restringido en Uruguay.
Carbendazim
Fungicida sistémico.
- Situación UE: excluido del Anexo del Reglamento (UE) 540/2011 (actualizaciones como el Reglamento 2022/1252).
- Motivo: mutagenicidad y toxicidad reproductiva.
- Mercosur: autorizado en Brasil y Paraguay; limitado en Argentina.
Fipronil
Insecticida de amplio espectro.
- Situación UE: no aprobado tras revisión bajo el Reglamento 1107/2009; eliminado del listado de sustancias autorizadas.
- Motivo: alto riesgo para abejas y polinizadores.
- Mercosur: autorizado para diversos usos agrícolas.
Glufosinato de amonio
Herbicida no selectivo.
- Situación UE: no renovación y exclusión del Anexo 540/2011.
- Motivo: toxicidad reproductiva y neurológica.
- Mercosur: autorizado, especialmente en sistemas ligados a cultivos modificados genéticamente.
Procloraz
Fungicida imidazol.
- Situación UE: excluido del listado de sustancias aprobadas (Reglamento 540/2011).
- Motivo: disruptor endocrino.
- Mercosur: autorizado en Brasil y Argentina.
Dicofol
Acaricida derivado del DDT.
- Situación UE: no aprobado tras revisión; eliminado del listado.
- Motivo: persistencia ambiental y bioacumulación.
- Mercosur: autorizado con restricciones.
Thiram
Fungicida y tratamiento de semillas.
- Situación UE: no renovación; eliminado del Anexo 540/2011.
- Motivo: toxicidad para aves y mamíferos; riesgos laborales.
- Mercosur: uso permitido en semillas.
Atrazina
Herbicida histórico.
- Situación UE: retirada tras la revisión de la Directiva 91/414/CEE; nunca incluida en el Reglamento 540/2011.
- Motivo: contaminación de aguas subterráneas.
- Mercosur: ampliamente utilizada.
Paraquat
Herbicida de contacto extremadamente tóxico.
- Situación UE: no aprobado bajo el Reglamento 1107/2009; excluido del mercado.
- Motivo: letalidad aguda y ausencia de antídoto.
- Mercosur: autorizado en varios países.







