spot_img
spot_img

InicioGanaderíaEl FEGA fija las ayudas al vacuno de cebo para la campaña...

El FEGA fija las ayudas al vacuno de cebo para la campaña 2025

Las explotaciones de engorde y cebo en origen recibirán pagos diferenciados por tramos y territorios

El Fondo Español de Garantía Agraria (FEGA) ha publicado los importes unitarios provisionales de las ayudas asociadas a las explotaciones de vacuno de cebo correspondientes a la campaña 2025, en el marco del Plan Estratégico de la PAC 2023-2027, regulado por el Real Decreto 1048/2022, de 27 de diciembre.

Estas ayudas, recogidas en la Subsección 3ª y 4ª de la Sección 2ª del Capítulo III del Título III del citado real decreto, tienen como objetivo garantizar la sostenibilidad, competitividad y viabilidad económica de las explotaciones ganaderas de vacuno de cebo en España.

Ayuda asociada para el engorde de terneros en la explotación de nacimiento

Esta intervención está dirigida a los ganaderos de explotaciones de vacuno extensivas y semiextensivas que realizan el engorde de los terneros en la propia explotación de nacimiento, así como a los cebaderos comunitarios gestionados por estos productores.

La ayuda se concede por animal elegible y año, siempre que se cumplan los requisitos de subvencionabilidad establecidos en la normativa y con un mínimo de tres animales primables para poder acceder al pago.

Para la campaña 2025, la asignación financiera indicativa total destinada a esta ayuda asciende a 12.390.000 euros. Según los datos comunicados por las comunidades autónomas, el número de animales que cumplen los requisitos para percibir la ayuda se sitúa en 347.742 terneros.

Con estos datos, el FEGA ha fijado los siguientes importes unitarios provisionales, teniendo en cuenta que en la región insular el importe es un 50 % superior al de la España peninsular:

  • 35,575897 euros por animal para los terneros cebados en la España peninsular.
  • 53,363846 euros por animal para los terneros cebados en la región insular.

Ayuda asociada para el engorde sostenible de terneros

La segunda línea de apoyo está destinada a los titulares de explotaciones dedicadas al engorde de terneros, y también se concede por animal elegible y año, con un mínimo de tres animales primables. En este caso, el máximo de animales subvencionables por explotación y campaña es de 1.417 terneros.

La dotación financiera indicativa total para esta ayuda en la campaña 2025 es de 25.900.000 euros. El número de animales comunicados por las comunidades autónomas que cumplen los requisitos asciende a 1.489.717 terneros.

Para el cálculo de los importes unitarios provisionales, el FEGA ha establecido un sistema de tramos en la España peninsular, de modo que el importe completo se aplica a los primeros 600 animales, mientras que los siguientes perciben el 50 % del importe hasta alcanzar el máximo subvencionable. En la región insular, el importe es igualmente un 50 % superior al de la península.

Los importes unitarios provisionales quedan fijados de la siguiente manera:

  • 18,835980 euros por animal en la España peninsular – Tramo 1 (hasta 600 terneros).
  • 9,417990 euros por animal en la España peninsular – Tramo 2 (de 601 a 1.417 terneros).
  • 28,253970 euros por animal en la región insular (hasta 1.417 terneros).

Pagos provisionales y definitivos

Con estos importes unitarios provisionales, se podrá realizar un primer pago de la ayuda asociada, que no podrá superar el 90 % del total a abonar, siempre que se hayan completado los controles administrativos y sobre el terreno.

Posteriormente, una vez que las comunidades autónomas remitan en el mes de abril la información definitiva sobre el número total de animales subvencionables, el FEGA establecerá el importe unitario definitivo, con el que se procederá al pago del saldo restante hasta alcanzar el 100 % de la ayuda.

NOTICIAS RELACIONADAS
spot_img
spot_img
spot_img