El Consejo de Ministros ha aprobado un decreto por el que se aprueban determinadas medidas urgentes para el refuerzo del sistema eléctrico.
La norma aumentará la “resiliencia” del sistema eléctrico y “facilitará aprovechar las oportunidades de la transición ecológica” mediante el fomento del almacenamiento de energía, la repotenciación de instalaciones y la aceleración de la electrificación de la economía, según el Ejecutivo.
SUPERVISIÓN Y CONTROL
En primer lugar, establece medidas de supervisión y control sobre las obligaciones de control de tensión de los agentes del sector eléctrico, reforzando así las funciones de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia.
Un informe trimestral de carácter público dará cuenta de esta cuestión, clave para el adecuado funcionamiento del sistema eléctrico. El regulador también completará un plan de inspección extraordinario de las capacidades de reposición del suministro, que repetirá cada tres años.
Por otro lado, el operador del sistema –Red Eléctrica–, elaborará propuestas de modificación normativa sobre las respuestas frente a las oscilaciones de potencia, sobre la velocidad de variación de tensiones, sobre la programación de las restricciones técnicas y sobre otros elementos, así como la definición de un procedimiento para monitorizar incidentes, y otro procedimiento para coordinar los planes de desarrollo de la red de transporte y la red de distribución.
Estas propuestas técnicas del operador del sistema deberán estar listas en plazos de tres a seis meses; las reformas normativas subsiguientes serán analizadas por parte de los organismos competentes y, en su caso, tras las correspondientes valoraciones, las aprobarán en menos de seis meses.
FOMENTO DEL ALMACENAMIENTO
El decreto facilita incorporar al sistema eléctrico el almacenamiento de energía, que debe alcanzar una potencia de 22,5 GW en 2030, según las previsiones del Plan Nacional Integrado de Energía y Clima 2023-2030.
Así, prioriza las hibridaciones de módulos de almacenamiento con plantas de generación cuando aquellos se ubiquen en el terreno ocupado por la instalación original, ya antropizado, mediante disposiciones asociadas a la definición de la potencia instalada y la agilización de la tramitación.
Al objeto de impulsar la electrificación, la norma fomenta la conexión a las redes de nuevas actividades económicas, principalmente industriales, al fijar la caducidad de los derechos de acceso y conexión para demanda a los cinco años de haber sido otorgados, previniendo el acaparamiento y la especulación.
En esta misma línea, las peticiones de acceso y conexión para demanda deberán identificar el código CNAE de la actividad a desarrollar, que tendrá que ser la misma cuando, posteriormente, se firme el correspondiente contrato de acceso.
También impulsa la demanda de electricidad al acotar los plazos de respuesta de las distribuidoras a la hora de poner en marcha las extensiones de red, por ejemplo, para la recarga de vehículos eléctricos.
En suelo urbanizado con las dotaciones y servicios requeridos por la regulación urbanística, las compañías tendrán un plazo de cinco días si no hay que ampliar la red, de 30 días si se precisa esta ampliación, de 60 días si hay que construir un centro de transformación y de 80 días como máximo si hay que construir varios centros.







