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lunes, octubre 7, 2024
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La CHD rechaza los “bulos” y subraya que los azudes eliminados ya no cumplen ninguna función

El objetivo de la eliminación de azudes es la protección del dominio público hidráulico, ya que se pretende liberar al cauce de un obstáculo importante para el desarrollo normal de los cursos de agua y para la vida de animales y plantas

Ante los “bulos y desinformaciones” publicadas en los últimos días por la prensa local, desde la Confederación Hidrográfica del Duero ha enviado un comunicado de prensa para realizar una serie de aclaraciones:

  1. La Confederación Hidrográfica del Duero no ha demolido ninguna presa que tenga funcionalidad para suministrar agua.
  2. Los azudes que están en proceso de demolición no tienen uso y deben retirarse por Ley al haberse extinguido su concesión.
  3. El artículo 101.1 de la Ley 33/2003, de Patrimonio de las Administraciones Públicas, establece que una vez extinguida la concesión, las obras, construcciones e instalaciones fijas existentes sobre el bien demanial deben ser demolidas.
  4. Las barreras transversales están incluidas dentro de las presiones a considerar en la aplicación de la Directiva 2000/60/CE, conocida como la Directiva Marco del Agua. Esta Directiva señala que “la continuidad fluvial”, entendida como la “no perturbación de la migración de los organismos acuáticos”, es uno de los indicadores hidromorfológicos que deben utilizarse en los programas de seguimiento del estado de las aguas superficiales. De este modo, la eliminación de azudes es una de las prácticas más indicada para recuperar el buen estado ecológico de los cursos de agua.
  5. El objetivo de la eliminación de azudes es la protección del dominio público hidráulico, ya que se pretende liberar al cauce de un obstáculo que:
    -Impide el libre flujo del agua, energía y sedimentos.
    -Fragmenta el necesario espacio de movilidad fluvial que precisan las especies piscícolas, interrumpiendo sus flujos y migraciones.
    -Favorece la eutrofización de las masas de agua, por el efecto de trampa de nutrientes.
    -Favorece a las especies exóticas, que no suelen migrar o cuyos movimientos son más limitados.
    -Aumenta el riesgo de inundación en las márgenes, aguas arriba de su ubicación, al constituir un obstáculo a la corriente en régimen de avenidas, así como que se produzcan fenómenos erosivos, aguas abajo, al incrementarse la velocidad del flujo.
    -Constituye una amenaza para la seguridad de las personas y los bienes, ya que al no tener uso y no existir un titular concesional que se haga cargo de su mantenimiento, se corre el riesgo de que la obra sufra una degradación progresiva con el consiguiente riesgo de rotura.
  6. Las demoliciones en curso no afectan a la reserva hidrológica, ni actual ni futura.
  7. Desde la CHD queremos pedir el máximo respeto al trabajo de los técnicos del Organismo, que desempeñan su trabajo con profesionalidad y rigor, de acuerdo con la legislación vigente. En este caso concreto, el Organismo ha recibido el apoyo de diversas asociaciones, catedráticos y expertos a este tipo de actuaciones.
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