El Juzgado de lo Penal número 1 de Segovia ha dictado sentencia por la que condena al responsable de dos entidades radicadas en la provincia, dedicadas al comercio de cereal y a la producción de semilla certificada, como autor de un delito contra la propiedad industrial
Así ha informado a través de una nota de prensa la compañía Geslive, filial de la Asociación Nacional de Obtentores Vegetales (ANOVE), que presta servicios de inspección y asistencia técnica a los obtentores y titulares de derechos sobre variedades vegetales.
La condena ha recaído como consecuencia de las operaciones no autorizadas de reproducción, producción, acondicionamiento para tales fines, comercialización y posesión de material de reproducción de la variedad vegetal protegida de trigo blando Craklin.
Según Geslive, la compañía comercializaba grano acondicionado para siembra entre los agricultores de la zona a un precio sensiblemente inferior al de la semilla certificada.
La sentencia, que es firme, condena al responsable a una pena de prisión de seis meses, inhabilitación especial para el derecho al sufragio pasivo, multa, pago de indemnización por los daños y perjuicios causados, así como el pago de las costas procesales.
Para Geslive, la reproducción y producción no autorizada de material de reproducción de variedades vegetales protegidas de cereal constituye un grave problema en las zonas cerealistas. Este “fraude masivo” tiene graves consecuencias no solo para los obtentores de nuevas variedades vegetales, a los que causa pérdidas multimillonarias cada año, sino también para el conjunto del sector, “pues constituye una grave competencia desleal para la totalidad de los productores autorizados, así como a los agricultores adquirentes de esas partidas de semilla”.
La explotación no autorizada de variedades vegetales protegidas constituye un delito castigado hasta con tres años de prisión.