InicioNoticia2Castilla y León autoriza la quema controlada de rastrojos

Castilla y León autoriza la quema controlada de rastrojos

La Junta habilita esta medida fitosanitaria frente al topillo campesino durante la campaña 2026-2027

La Consejería de Agricultura de Castilla y León ha habilitado la quema controlada de rastrojos en superficies agrícolas como medida de prevención y control frente al topillo campesino (Microtus arvalis) durante la campaña agrícola 2026-2027.

Este jueves, el Consejo de Gobierno del Ejecutivo regional declaraba una situación fitosanitaria excepcional “de carácter preventivo, temporal y revisable” ante el riesgo de expansión de las poblaciones de topillo campesino.

También declaraba la utilidad pública de las medidas de prevención, vigilancia y control frente a esta especie.

La medida aprobada por el consejero Joaquín Antonio Pino responde a los trabajos de monitorización realizados en determinadas zonas agrarias. “Los valores de abundancia observados durante el verano de 2026 indican que se han detectado focos iniciales de incremento y una evolución que aconseja anticipar la respuesta”, señalan desde la consejería.

Dentro de este marco, la quema controlada de rastrojos podrá emplearse como una actuación fitosanitaria propia cuando resulte técnicamente adecuada, sin necesidad de ejecutar previamente otras medidas ni de acreditar la ineficacia de esas actuaciones.

Su aplicación estará vinculada a la prevención y control del topillo campesino y deberá cumplir íntegramente las condiciones establecidas en la resolución.

Cómo solicitar quemar rastrojos

La persona interesada deberá:

  • Presentar el modelo habilitado en el portal web de la Junta
  • Deberá hacerlo con una antelación mínima de 48 horas
  • Y dirigirlo a la Delegación Territorial del Gobierno regional en la provincia en la que radique la parcela

La comunicación identificará:

  • La explotación
  • La parcela
  • La superficie
  • El cultivo o rastrojo
  • La fecha y el horario previstos,
  • LA persona responsable presente durante la actuación.

La Delegación Territorial dará traslado de la comunicación al ayuntamiento correspondiente y mantendrá un registro a efectos de identificación, trazabilidad, evaluación y seguimiento fitosanitario.

La solicitud también se puede tramitar a través de la Sede Electrónica de la Junta de Castilla y León

BCAM 3 de la PAC

Las quemas realizadas al amparo de esta resolución tendrán la consideración de actuaciones efectuadas por razones fitosanitarias y se encuadran en la excepción prevista para la BCAM 3 de la Política Agrícola Común.

En consecuencia, su realización no constituye incumplimiento de dicha norma siempre que se lleven a cabo en las condiciones previstas en la resolución, según la consejería.

La actuación deberá permanecer atendida en todo momento por una persona responsable, disponer de medios suficientes para evitar la propagación y garantizar la extinción.

Quedará suspendida o prohibida cuando las condiciones meteorológicas, el riesgo existente o cualquier otra circunstancia puedan comprometer la seguridad de las personas o los bienes.

NOTICIAS RELACIONADAS
spot_img
spot_img
spot_img