Esta nueva norma reguladora permitirá a esta DO adaptarse a la legislación vitivinícola vigente y a la nueva situación del sector. La nueva norma facilita una gestión más moderna de la figura de calidad dando mayor responsabilidad a los operadores e implantando sistemas de control más eficaces y con mayores garantías para los mercados y los consumidores
El Boletín Oficial de Castilla y León (Bocyl) ha publicado hoy la resolución por la que la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural aprueba la modificación del Reglamento de la Denominación de Origen León.
Desde que en el año 2007 se creó esta DO y se aprobó su primer Reglamento, se han producido cambios significativos, tanto en términos legales como técnicos, incluida la propia modificación del nombre protegido, de Tierra de León a León, aprobada definitivamente en abril de 2019. Todo ello hacía necesario aprobar una nueva normativa para esta figura de calidad.
La modificación de la Ley de la Viña y del Vino de Castilla y León por la Ley Agraria de Castilla y León, así como del Reglamento de las Denominaciones Geográficas de Calidad Alimentaria de Castilla y León, que entró en vigor en enero de 2019, han permitido conformar la nueva normativa de la Comunidad Autónoma en materia de calidad diferenciada, adaptada al marco legal de la Unión Europea, ahora definido por el Reglamento nº 1308/2013 (OCM única).
Una de las cuestiones más determinantes de este nuevo marco normativo es la obligación de que las denominaciones de origen vínicas de Castilla y León se acrediten en la Norma UNE-EN-ISO 17065, para poder llevar a cabo el control y certificación del producto. Esta norma ISO especifica los criterios generales que debe seguir un organismo de certificación de producto para que sea reconocido a nivel nacional, europeo e internacional, como competente, y se acredite la extrema rigurosidad de sus controles.
La Denominación de Origen León está inmersa en este proceso de acreditación desde hace años, redactando su Manual de Calidad y adaptando sus sistemas de control para alcanzar este reconocimiento que otorga ENAC (Entidad Nacional de Acreditación). Para ello ya ha dado un primer paso en el ámbito técnico mediante la modificación de su Pliego de Condiciones, publicada en el Boletín Oficial del Estado para oposición el pasado 21 de febrero. Ahora, con este nuevo Reglamento, se adaptan sus funciones y la estructura de su Consejo Regulador para cumplir con los principios de la Norma 17065.
Novedades del Reglamento
Además de afrontar este cambio imprescindible, el nuevo texto incluye novedades importantes que permitirán un funcionamiento más ágil de la Denominación de Origen León y de su Consejo Regulador en un sector complejo y altamente competitivo como es el vitivinícola.
Destacan especialmente los siguientes aspectos:
- La aprobación de las cuotas por la prestación de servicios públicos del Consejo Regulador, con lo que se configura un régimen de financiación adecuado que hace posible el ejercicio de sus funciones
- Se actualiza el funcionamiento de los registros del Consejo Regulador -de parcelas de viñedo y de bodegas-, lo que permitirá una gestión más eficaz de este importante instrumento de control y una mayor implicación de los operadores mediante la declaración responsable
- Se ha simplificado el sistema de declaraciones para el control, tratando de disminuir en lo posible la burocratización que sufren las bodegas, aprovechando el régimen de declaraciones obligatorias que ya presentan estas
Con esta nueva reglamentación se pretende una gestión más moderna de la Denominación de Origen, atribuyendo una mayor responsabilidad a los operadores y la implantación de sistemas de control más eficaces y con mayores garantías para los mercados y los consumidores.