spot_img

La publicación agraria líder

sábado, octubre 5, 2024
spot_img
InicioSectorNuevas medidas para prevenir la plaga de topillo campesino en Castilla y...

Nuevas medidas para prevenir la plaga de topillo campesino en Castilla y León

Milagros Marcos ha presidido la constitución del Consejo Agrario de Castilla y León, tras la renovación de la designación de vocales, y en él la consejera de Agricultura y Ganadería ha presentado el nuevo marco normativo de acción contra el topillo campesino, a través del cual se establecerán una serie de actuaciones dentro de una estrategia de gestión preventiva, integrada y respetuosa con el medio ambiente, destinadas a reducir los riesgos derivados de la presencia de esta especie en el ámbito del territorio agrícola de la Comunidad.

Esta nueva orden define diferentes niveles de riesgo: verde, para situaciones normales; amarillo, para parámetros poblaciones que reflejen algún tipo de situación anormal sin ser necesarias autorizaciones o resoluciones específicas para llevar a cabo actuaciones; naranja, cuando la aparición de esta especie requiere de algún tipo de actuación obligatoria o sea necesaria autorización o resolución específica por la autoridad competente para proteger los cultivos a corto y medio plazo de forma efectiva; y rojo cuando la situación, tras haberse llevado a cabo las actuaciones necesarias no reviertan según los resultados esperados.

Además, se establecen obligaciones para todos los agentes implicados (agricultores, ganaderos, selvicultores, propietarios de explotaciones agrarias, sus entidades asociativas, cooperativas, organismos y administraciones públicas propietarias de terreno), quienes deberán llevar a cabo diferentes actuaciones, como vigilar sus cultivos, plantaciones y cosechas, así como las masas forestales y el medio natural que pueda ser objeto de colonización por el topillo campesino y mantenerlos en buen estado fitosanitario para defensa de las producciones; proporcionar toda clase de información sobre el estado fitosanitario de las plantaciones, vegetales o cosechas, cuando sea requerida por las autoridades competentes y facilitar en todo momento a los técnicos de la Administración el acceso a sus propiedades; poner a disposición de la Comunidad o de cualquier otra administración que lo requiera los medios mecánicos de su explotación para actuar en su propiedad o zonas colindantes y en el caso de Juntas Agrarias Locales, cooperativas agrarias o cualquier otro tipo de entidad asociativa, poner a disposición sus medios para actuar en la propiedad de sus asociados o zonas colindantes; y aplicar las medidas fitosanitarias que se regulan en la orden.

Siete actuaciones

La monitorización y vigilancia de la situación y evolución de las poblaciones de topillo campesino, con el objetivo de realizar un seguimiento de esta especie, de poder detectarlo de manera precoz y definir los umbrales de riesgo en las zonas de seguimiento.

La implementación de un sistema de transferencia de información entre los agentes implicados, incluyendo la emisión de recomendaciones de actuación orientadas a los agentes implicados. En este caso, la información estará siempre disponible tanto en la plataforma web desarrollada al respecto, como en los servicios territoriales de Agricultura y Ganadería de cada provincia, en sus Secciones Agrarias Comarcales y en las Unidades de Desarrollo Agrario. Se potenciará, además, la comunicación directa con los agricultores afectados, utilizando para ello las tecnologías disponibles y los canales de comunicación y contacto proporcionados por las Organizaciones Profesionales Agrarias, la Unión Regional de Cooperativas Agrarias u otras entidades y organismos relacionados con el sector.

Como mecanismo de apoyo específico, y con el objeto de conseguir una mayor implicación de todos los interesados, se reconocerá expresamente la figura del “agricultor colaborador”, estableciéndose una red de personas con las que la Consejería de Agricultura y Ganadería establecerá diferentes fórmulas y mecanismos de comunicación periódica y sistemática.


Jornadas, conferencias o talleres formativos para prevenir y atajar el problema


Está previsto un plan de formación y sensibilización en la problemática de la plaga del topillo campesino y su afección a los ecosistemas agrarios en colaboración con las consejerías de Fomento y Medio Ambiente y Educación, que contempla como acciones la inclusión dentro de los programas formativos y educativos relacionados con los sectores agrario, forestal y medioambiental; la organización y/o participación en jornadas, conferencias, cursos, talleres formativos y seminarios, así como foros y puntos de encuentro con representación de los distintos sectores y agentes implicados y el desarrollo de contenidos para la plataforma web.

Investigación en alternativas aplicables a la gestión integrada de topillo campesino, reforzando y garantizando la ejecución de actividades y proyectos de investigación a través del Instituto Tecnológico Agrario de Castilla y León (Itacyl) y/o en colaboración con otras entidades, orientados al incremento del conocimiento de la problemática de esta especie, el seguimiento de sus poblaciones, la detección precoz de riesgos, las medidas y estrategias aplicables dentro de un programa de gestión integrada y a la mejora continua de procesos, actuaciones y herramientas aplicables.

El uso de buenas prácticas para la minimización de riesgos para los cultivos derivados del topillo campesino, como la potenciación de la biodiversidad favorecedora del equilibrio depredador-presa, con el objetivo de fomentar el control biológico, planteando el establecimiento de zonas de compensación ecológica y unidades paisajísticas que faciliten la presencia de los depredadores naturales, permitiendo su refugio, reproducción y cría, y contemplando medidas correctoras para otras especies no diana; de buenas prácticas para el manejo de recintos y parcelas agrícolas con la finalidad de reducir la aparición de topillos; y para el uso de vías de dispersión, manteniéndolas en unas condiciones que permitan mitigar el riesgo para la globalidad de los cultivos de la zona y evitar así que se formen reservorios.


Se crearán bandas de seguridad sin cubierta vegetal herbácea en el borde interior para reducir la posible influencia de los reservorios en zonas colindantes


Llevar a cabo prácticas fitosanitarias mínimas en parcelas realizando labores superficiales (grada o rastra) en parcelas con cultivo de alfalfa o herbáceos plurianuales para destruir las galerías y las huras; removiendo el terreno al menos cada seis años en parcelas de cultivo de siembra directa con el fin de minimizar efectos sobre el perfil y estructura del suelo, pudiendo utilizar chisel, descompactador o grada; fomentando la actividad ganadera en reservorios donde no hay cultivos, lo que permite la limpieza de la cubierta vegetal, o el mantenimiento con una altura adecuada, ya sea mediante siega o pastoreo; o la minimización de la cubierta temporal herbácea, mediante pastoreo, desbroce y otros medios mecánicos en vías de dispersión (caminos, desagües…) evitando que se acumulen los restos vegetales en superficie.

Actuaciones fitosanitarias específicas a ser consideradas ante riesgo de explosión demográfica. En este caso, la Consejería de Agricultura y Ganadería podrá, mediante resolución, establecer una serie de medidas de cumplimiento obligatorio, destinadas a controlar las poblaciones de topillo. Entre ellas, la reducción temporal de la cubierta vegetal herbácea, preferiblemente mediante pastoreo o desbroce mediante siega mecánica con retirada inmediata de los restos vegetales respetando todos los elementos leñosos, majanos, montones de piedra, cajas nido, refugios naturales de los depredadores, etc. y el gradeo de alfalfas de al menos dos años, en reservorios en cultivo, además de la realización de tres cortes al cultivo, los más próximos a la superficie posibles (invierno, verano y otoño) y si esto no fuese suficiente, levantamiento del cultivo; y levantamiento de la parcela en fincas de siembra directa.

Además, para reducir la posible influencia de los reservorios en las zonas colindantes, tanto en reservorios sin cultivo, reservorios en cultivo, parcelas de siembra directa, o cualquier otro tipo de recinto donde se detecte presencia de topillo campesino, se crearán bandas de seguridad sin cubierta vegetal herbácea en el borde interior de las parcelas, con anchura de al menos tres metros y mediante remoción del terreno.

En las vías de dispersión, en los casos en que no haya posibilidad de pastoreo, se llevará a cabo la limpieza de la cubierta vegetal herbácea por otros medios mecánicos y mediante quemas controladas, que se realizarán siempre por personal autorizado en periodos de riesgo bajo de incendio y siguiendo escrupulosamente la zonificación específica que defina la Dirección General del Medio Natural.

Para la coordinación de todas las actuaciones que se establecen con esta orden se creará un Comité de Coordinación que estará compuesto por técnicos de la Consejería de Agricultura y Ganadería y se constituye la Comisión de Roedores y Otros Vertebrados como órgano de carácter científico-técnico adscrito a la Consejería con función de asesoría.

NOTICIAS RELACIONADAS
spot_img
spot_img
spot_img
spot_img