El mercado del aceite de oliva afronta la campaña 2026/2027 con un importante aumento de la disponibilidad de producto. Las previsiones de producción y el volumen de existencias acumuladas han llevado al Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación a activar un mecanismo excepcional para regular la oferta y prevenir posibles desequilibrios en el sector.
La medida ya tiene respaldo normativo. El Ministerio ha publicado este viernes, 30 de octubre, en el Boletín Oficial del Estado (BOE) la orden que establece la norma de comercialización del aceite de oliva para la presente campaña. Su principal objetivo es contribuir a la estabilidad del mercado ante un ejercicio que apunta a cifras de producción especialmente elevadas.
Y es que las previsiones sitúan la cosecha en 1.602.596 toneladas, un 23 % más que en la campaña anterior. De confirmarse estos datos, estaríamos ante la cuarta campaña de mayor producción de toda la serie histórica.
Las condiciones meteorológicas de la pasada primavera, con temperaturas suaves y precipitaciones abundantes en las principales zonas olivareras, favorecieron una buena floración y el cuajado del fruto, lo que explica en buena medida estas perspectivas.
Pero el aumento de la producción no es el único factor que preocupa de cara al equilibrio del mercado. Las existencias iniciales de la campaña también han experimentado un crecimiento significativo. Según los datos del Sistema de Información de los Mercados Oleícolas, publicados por el Ministerio el pasado 28 de octubre, el volumen almacenado asciende a 357.040 toneladas, un 23,3 % más que al inicio del ejercicio anterior.
Retirar aceite para evitar un exceso de oferta
Ante este escenario, la normativa contempla la posibilidad de retirar parte del aceite de oliva del mercado hasta la siguiente campaña o destinarlo a usos no alimentarios. Se trata de una herramienta excepcional que busca evitar que una oferta excesiva pueda generar distorsiones y comprometer la estabilidad del sector.
Este mecanismo está recogido en el artículo 167 bis del Reglamento comunitario 1308/2013 y desarrollado en España a través del Real Decreto 84/2021. Su aplicación está condicionada a que las existencias iniciales, sumadas a las estimaciones de producción, alcancen al menos el 120 % de la media de las seis campañas anteriores.
La orden publicada establece los criterios para determinar el porcentaje de retirada de aceite, que podrá afectar a cualquier categoría y cuya elección corresponderá al operador. El cálculo se realizará sobre el total de la producción acumulada mensualmente y afectará a las almazaras productoras de todo el territorio nacional.
El porcentaje de retirada se conocerá antes del 15 de noviembre
La gran incógnita ahora es qué cantidad de aceite tendrá que quedar fuera del mercado durante esta campaña. El Ministerio de Agricultura deberá determinar, antes del próximo 15 de noviembre, el porcentaje definitivo mediante una resolución de la Dirección General de Producciones y Mercados Agrarios.
Además, esta resolución podrá modificarse posteriormente en función de los resultados del almacenamiento y de su efecto sobre la estabilización del mercado oleícola.
El sector estará pendiente de esta decisión en una campaña que combina unas perspectivas de producción elevadas con unas existencias superiores a las del ejercicio anterior. La evolución de la oferta y la aplicación de esta medida marcarán buena parte del comportamiento del mercado del aceite de oliva durante los próximos meses.







