El Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente ha publicado este lunes en el Boletín Oficial del Estado una Orden por la que se convocan ayudas a la financiación agraria para 2017, en la que se contemplan subvenciones de hasta el 100% del coste de los avales concedidos por SAECA a préstamos suscritos por titulares de explotaciones. Su objetivo es contribuir a paliar los problemas de liquidez en las explotaciones agrarias españolas a causa de la sequía, mediante la subvención de avales a nuevos créditos.
Estas ayudas se han convocado en base la Orden de 2016 (Orden AAA/778/2016), que contemplaba ayudas no sólo de liquidez, sino también de reestructuración para determinados sectores en crisis, lo que ha permitido una rápida publicación de la convocatoria, que coincide así con el anuncio del paquete de medidas de la sequía.
Conforme esas bases reguladoras de 2016, se contempla una doble modalidad, la de liquidez (hasta 40.000 € y máximo 5 años) y la de reestructuración (hasta 80.000 € y 10 años, condicionada a destinar la mayor parte del crédito a amortizar créditos anteriores en sectores en crisis: Lácteo, porcino, cunícola y hortofrutícola).
La modalidad de liquidez es la que mejor responde a las necesidades de financiación generadas por la sequía. A la vista de los antecedentes de la convocatoria de 2016, es de esperar que la mayor parte de importe se comprometa en dicha modalidad de liquidez.
Características de la subvención
Pueden ser beneficiarios de las ayudas los titulares de explotaciones agrarias, incluidas las apícolas, que suscriban nuevos créditos avalados por SAECA. Los titulares de explotaciones que realicen su actividad en el ámbito de la producción láctea, porcina, cunícola o de frutas y hortalizas podrán beneficiarse además de condiciones específicas de la ayuda, cuando el destino del crédito sea reestructurar su deuda.
El objeto de subvención es el coste de los avales concedidos por SAECA a los créditos suscritos por los agricultores y ganaderos. Se subvenciona el 100% del coste de la comisión de gestión (1,25% del saldo vivo anual) y, además, en el caso de que las explotaciones que hayan suscrito el seguro agrario, el 100 % del coste de la comisión de estudio (0,5% del capital financiado, en un solo pago en el momento de concesión del crédito). El agricultor se beneficia además del tipo de interés recogido en los convenios que SAECA firma con las entidades de crédito, y que oscila entre el 1,5 y el 2,5%.
Las principales características del crédito a subvencionar son las siguientes:
línea | Potenciales beneficiarios | Importe máximo del crédito* | Plazos máximos de amortización* | Objetivo | ||
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Línea general | Todas las explotaciones agrarias, incluidas las apícolas | 40.000 € | 5 años con la posibilidad de 1 de carencia. | Créditos para liquidez. | ||
Línea de reestructuración de crédito para sectores con dificultades | La explotaciones: – lácteas – hortofrutícolas – porcinas – cunícolas | 80.000 € | 10 años con la posibilidad de 1 de carencia. (la subvención sólo afectaría a los 5 primeros años) | Créditos dedicados mayoritariamente a amortizar total o parcialmente otros créditos en vigor |
Como excepción a estos límites, en la línea ICO-SGR/SAECA podrán alcanzarse los 300.000 €, pudiendo superarse los 5 años, aunque la subvención solo afectaría a los 5 primeros.
En la convocatoria se establece un volumen máximo de capital avalado de 90 M€ (En 2016 la línea se convocó para 78 M€, alcanzando el crédito finalmente subvencionado 73,8 M€). Se hará un seguimiento de la evolución de la medida, de forma que si el importe resultase insuficiente se buscarán fórmulas para ampliar el presupuesto.
El presupuesto que el Ministerio tiene previsto dedicar a la medida a lo largo de su periodo de vigencia (2017-2021) es de 4.303.055 €. De dicho presupuesto 1.485.000 € corresponden a la anualidad 2017.
El plazo de solicitud va desde el día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el BOE, es decir, desde el 6 de junio, hasta el 20 de septiembre de 2017. La solicitud se presenta en las entidades bancarias, a la par, y en el mismo modelo de solicitud, en el que se presenta la solicitud del aval a SAECA.