Esta medida se ha adoptado como consecuencia de la escasez de precipitaciones y del descenso de los recursos hídricos embalsados, que han provocado que el estado global de la cuenca del Duero se encuentre en situación de alerta tras cuatro informes mensuales negativos elaborados por la Confederaciones Hidrográfica, el último de 4 de abril.
De acuerdo con el estado actual de los indicadores establecido en el Plan de Sequía, se dan las circunstancias para que el Gobierno tramite la aprobación de un Real Decreto que posibilite la adopción de medidas extraordinarias de gestión para distribuir los recursos hídricos existentes mediante restricciones que afectarán por igual a los distintos usos, manteniendo la prioridad absoluta que la Ley establece para el abastecimiento de la población.
En la cuenca del Duero, adicionalmente, el Real Decreto permitirá un reparto equilibrado de los recursos hídricos disponibles como consecuencia de la situación de sequía extraordinaria.
Las medidas necesarias en materia de gestión de sequía están sujetas al “Plan Especial de actuación en situaciones de alerta y eventual Sequía del Duero (PES)”, lo que permite anticiparse para distribuir los recursos hídricos disponibles.
Actualmente, la reserva de agua embalsada en la cuenca del Duero es de un 55,2%, 36 puntos por debajo del estado en el que se encontraba el año pasado, cuando los embalses se encontraban al 91,2% de su capacidad.
Tomando el periodo de referencia de los últimos 6 meses, el valor medio de precipitación acumulada estaría en un porcentaje del 61 por ciento con respecto a los valores normales de la serie histórica referenciada al periodo 1981-2010. Es decir, se ha dado en valor medio una disminución de precipitación acumulada en ese periodo para la zonas geográficas de la cuenca hidrográfica del Duero del 39 por ciento.
En lo que afecta a los abastecimientos, la situación actual permite considerar que está garantizado. Su prioridad está, además, reconocida por Ley. Respecto al regadío, el Organismo de cuenca tiene otorgada por Ley (artículo 55 del texto refundido de la Ley de Aguas) la facultad de llevar a cabo restricciones por la falta de agua embalsada. Restricciones que ya se han determinado y puesto en práctica en las diferentes zonas a las que se suministra desde los embalses mediante canales: Carrión, 2/3 partes y Pisuerga a la mitad.
La ministra de Agricultura, Pesca, Alimentación y Medio Ambiente, Isabel García Tejerina, esta misma semana aseguraba, durante la presentación en Madrid del Concurso Mundial de Bruselas que se celebrará en Valladolid, que el Ministerio había comenzao a tramitar un Decreto de sequía para la cuenca del Duero.
García Tejerina ha reconocido que pasan los días y se sigue mirando al cielo ante la falta de lluvias y que el Ministerio ha empezado ya a tramitar un Decreto de sequía para la cuenca del Duero, donde varios ríos, principalmente el Carrión y el Órbigo, presentan situaciones preocupantes. Esta medida supondrá la llegada de ayudas para los agricultores.