Los beneficiarios pueden ser las entidades locales, que sean titulares o gestores de pastos de aprovechamiento común en el ámbito territorial de Castilla y León
La Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural ha convocado las ayudas para las inversiones de creación, mejora o ampliación, a pequeña escala de infraestructuras en superficies pastables para mejorar la bioseguridad de las explotaciones ganaderas en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Castilla y León 2014-2020 (Submedida 7.2), cofinanciada por el Feader.
Las ayudas tienen como finalidad la implantación de instalaciones ganaderas que permitan conseguir unos niveles de seguridad sanitaria suficientes para la cabaña ganadera y para los habitantes de poblaciones de las zonas rurales de la Comunidad de Castilla y León, preservando también la sanidad en el medio natural y minimizando la posible influencia de la fauna silvestre como reservorio y fuente de contagio de algunas enfermedades que afectan a la fauna doméstica.
Los beneficiarios de las ayudas serán las entidades locales, que sean titulares o gestores de pastos de aprovechamiento común en el ámbito territorial de Castilla y León.
Las actividades subvencionables son las siguientes:
- a) La construcción y reforma de cercados, mangas de manejo, lazaretos, pasos canadienses (exclusivamente con estructuras de tubos redondos giratorios) y abrevaderos con una altura mínima de 0,40 metros medidos desde el suelo al borde superior del mismo (con el fin de dificultar el acceso a la fauna silvestre), fomentando así el estatus sanitario de la cabaña ganadera, minimizando el riesgo de transmisión de enfermedades entre ganaderías y fauna silvestre y potenciando la posibilidad de acceso y aprovechamiento de estas superficies.
- b) Los costes generales vinculados a los gastos contemplados anteriormente, tales como honorarios de arquitectos, ingenieros y asesores, honorarios relativos al asesoramiento sobre la sostenibilidad económica y medioambiental, incluidos los estudios de viabilidad conforme a lo establecido en el artículo 45 del Reglamento (UE) 1305/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre, otros gastos generales de la obra y el beneficio industrial. En todo caso, si se incluye alguno de éstos como gastos del proyecto, deberán estar desglosados dentro de la factura que se presente.
El proyecto de inversión dispondrá de una ayuda que será del 100% del coste elegible, con un importe máximo de 50.000 euros.
El plazo de presentación de solicitudes será de dos meses desde la publicación en el Boletín Oficial de Castilla y León, que fue el 28 de octubre.