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sábado, julio 27, 2024
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El Gobierno aprueba la normativa de alimentación de animales de granja con piensos de origen animal

El real decreto posibilita el establecimiento de determinadas excepciones respecto a materias primas y desarrolla disposiciones sobre los centros de limpieza para vehículos

El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación ha aprobado una normativa europea en España sobre la alimentación de animales de granja con determinados piensos de origen animal.

Esta medida facilitará las acciones de limpieza de los vehículos para que se cumpla la normativa sanitaria y de alimentación animal.

El 18 de agosto de 2021 se publicó el reglamento por el que se modificaban las condiciones de prohibición de la alimentación de animales de granja no rumiantes con determinadas proteínas de origen animal.

El reglamento permite el uso de proteínas animales transformadas derivadas de porcino en los piensos para aves de corral, y viceversa.

Además, la normativa europea posibilita también el uso de proteínas animales transformada derivadas de insectos de granja en los piensos para porcino y para aves de corral, y establece los requisitos de recogida, transporte y transformación, así como los autocontroles a lo largo del proceso de elaboración.

Este reglamento posibilita el establecimiento de determinadas excepciones que podrán aplicarse en España en las siguientes actividades:

  • Transporte de materias primas para piensos y piensos compuestos.
  • Producción de piensos compuestos para animales de granja no rumiantes.
  • Producción y uso de hemoderivados procedentes de animales no rumiantes para la alimentación de animales de granja no rumiantes distintos de los animales de peletería.
  • Producción, comercialización y utilización de sustitutivos de la leche, que contengan harina de pescado, para la alimentación de rumiantes no destetados.

    La nueva normativa desarrolla también disposiciones sobre los centros de limpieza y desinfección, a los que podrán acudir los vehículos que estén autorizados a acogerse a las excepciones relativas al transporte, incluyendo nuevas instalaciones para este fin.

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