Los agricultores que utilicen energía eléctrica para el riego podrán seguir aplicando una minoración de un 20% al rendimiento neto de los cultivos regados
El Boletín Oficial del Estado ha publicado este jueves una Orden del Ministerio de Hacienda y Función Pública por la que se fijan los Índices de Rendimiento Neto en la declaración del IRPF para estimación objetiva (módulos), que recogen las propuestas del Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente de minoración en la presión fiscal para agricultores y ganaderos.
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El pasado 5 de abril se inició el plazo para la presentación por vía telemática a través de Internet de la declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas del año 2016, plazo que arranca el próximo 11 de mayo para el resto de formas de presentación. Los agricultores y ganaderos se encontrarán con novedades que suponen una atenuación de la presión fiscal, en atención a las circunstancias excepcionales del año.
Se contemplan reducciones a escala nacional para los cereales, la producción de tomate, el ganado bovino de leche, la cunicultura y la ganadería extensiva.
Reducciones
El régimen de estimación objetiva agraria (o de módulos) del IRPF es el mayoritario entre los agricultores y ganaderos de nuestro país, siendo el elegido por más de un millón de declarantes. Las reducciones de módulos aprobadas en la Orden HFP/377/2017 hoy publicada, se traducen en una disminución proporcional de la base imponible derivada de los rendimientos de la actividad agraria, y por tanto, del resultado de la declaración del IRPF.
Las reducciones establecidas con carácter nacional para la declaración de la Renta 2016 de los agricultores y ganaderos, son las siguientes:
– Apicultura (de 0,26 a 0,18)
– Bovino de leche (de 0,20 a 0,16)
– Bovino de carne extensivo (de 0,13 a 0,09)
– Bovino de cría extensivo (de 0,26 a 0,18)
– Cereales (de 0,26 a 0,18)
– Cunicultura (de 0,13 a 0,07)
– Ovino y caprino de carne extensivo (de 0,13 a 0,09)
– Ovino y caprino de leche extensivo (de 0,26 a 0,18)
– Porcino de carne extensivo (de 0,13 a 0,09)
– Porcino de cría extensivo (de 0,26 a 0,18)
– Tomate (de 0,26 a 0,18)
La mayor parte de estas minoraciones se establecen para dar respuesta a la sequía que afectó a grandes áreas de la Península, particularmente al sureste peninsular y a amplias zonas del interior, reduciéndose el módulo de las producciones ganaderas extensivas para compensar la reducción de la disponibilidad de pastos. También en el ámbito de la ganadería, se reducen a nivel nacional los módulos de bovino de leche y la cunicultura, para tener en cuenta su particular situación de mercado.
En lo referente a los cultivos, se ha reducido a nivel nacional el módulo de los cereales, con objeto de tener en cuenta la situación de precio de los cereales reduciendo su índice de rendimiento neto a nivel nacional.
Igualmente se reduce el índice a nivel nacional en modulo del cultivo del tomate.
La reducción de módulos recoge los efectos del temporal que tuvo lugar los meses de noviembre y diciembre sobre amplias zonas del sureste de la península y Baleares, afectando de manera especial a cítricos y a hortalizas. También recoge la reducción de módulos los efectos de la sequía en el sur y este de España, con amplias rebajas en oleaginosas, leguminosas y olivar.
Los efectos de otras adversidades climáticas sobre los cultivos en 2016, como las heladas de enero, los excesos de lluvia primaverales y los diferentes pedriscos producidos, también se ven reflejados en la propuesta de reducción de módulos para aquellos municipios en que la adversidad en cuestión ha tenido incidencia.
A partir de la información fiscal y agraria disponible, se estima que el conjunto de todas estas reducciones de módulos puede implicar, con respecto a un año normal, una rebaja de la base imponible de unos 325 millones de euros.
Ganadería integrada
Por otra parte, la Orden HFP/1823/2016, de 25 de noviembre, establece en su Disposición adicional quinta una reducción a la ganadería integrada, para las declaraciones de 2016 y siguientes, de los índices de rendimiento neto
aplicables a los servicios de cría, guarda y engorde de ganado, pasando dichos índices de 0,42 (en el caso de los servicios de cría, guarda y engorde de aves) y 0,56 (para el resto del ganado) a 0,37 en ambos casos.
Electricidad en el riego
La Orden HAP/2222/2014, de 27 de noviembre, introdujo con carácter permanente un coeficiente corrector que pueden seguir aplicando los agricultores que utilicen electricidad para el riego sobre el rendimiento neto de
los cultivos regados, y que supone una reducción de un 20% del mismo.
El Gobierno adoptó esta medida, junto con la exención parcial del 85% del Impuesto sobre la Electricidad para los regantes, con el objetivo de compensar el efecto sobre los regantes de la subida de las tarifas eléctricas del verano de
2013. Estas medidas permiten dar cumplimiento al compromiso del Gobierno al equiparar al colectivo regante con el resto de los sectores económicos, en lo que se refiere a impacto de la subida de costes eléctricos.
Finalmente, cabe destacar la Orden HAP/2430/2015, de 12 de noviembre, por la que se desarrolla para el año 2016 el método de estimación objetiva del IRPF y el régimen especial simplificado del IVA, establece en su Disposición
adicional primera una reducción de un 5% del rendimiento neto calculado por el método de estimación objetiva para 2016. Se trata de una medida extraordinaria de carácter horizontal que afecta a la totalidad de los agricultores y ganaderos que tributen en estimación objetiva.