Marta Alcaide
La Política Agraria Común (PAC) 2025 ha introducido una serie de modificaciones con la intención de simplificar y flexibilizar los procesos para agricultores y ganaderos. ¿Serán útiles y favorables estos cambios para el sector?
Estas novedades afectan a la voluntariedad de las fotos georreferenciadas, al cuaderno digital e implican cambios en los ecorregímenes, así como en las Buenas Condiciones Agrarias y Medioambientales (BCAM) relativas al suelo, la erosión y la biodiversidad.
Simplificación para el sector agrícola
Se han introducido una serie de modificaciones generales:
- Pequeñas explotaciones: las explotaciones con una superficie agraria declarada en la solicitud única de hasta 10 hectáreas, quedan exentas de controles y no estarán sujetas a penalizaciones por incumplimiento de normas de condicionalidad reforzada.
- Fotos georreferenciadas: el uso de fotos georreferenciadas será voluntario, ofreciendo así una mayor flexibilidad en la documentación requerida. Podrán ser utilizadas por los beneficiarios, si lo desean, para evitar controles sobre su terreno o como prueba.
- Cuaderno digital: el cuaderno digital no será obligatorio y los agricultores podrán continuar utilizando el formato en papel si lo prefieren. Esta voluntariedad será temporal y se revisará en 2027 coincidiendo con en el próximo periodo de programación del Plan Estratégico de la PAC.

Condicionalidad reforzada
La PAC ha introducido modificaciones en las Buenas Condiciones Agrarias y Medioambientales (BCAM) que el agricultor tiene que cumplir para percibir íntegramente las ayudas directas de la PAC, los pagos por superficie o las cargas ganaderas.
Así, a partir de la Solicitud Única 2025 (y en algunos casos ya desde la SU 2024), se incluyen una serie de cambios que se clasifican en función del objetivo medioambiental a alcanzar:
Control de erosión (BCAM5)
Está permitido labrar en la dirección de la pendiente en parcelas de hasta 1 hectárea de cultivos y en leñosos implantados antes de 2023, si el riego o la plantación impiden labrar en otra dirección.
Cobertura mínima del suelo (BCAM6):
- Cultivos herbáceos de invierno: se pueden realizar labores superficiales hasta el 1 de septiembre y la práctica del abonado en verde, manteniendo siempre una cubierta mínima del suelo.
- Cultivos leñosos en pendientes superiores al 10%: se autoriza el uso de cubiertas inertes o vegetales para mantener la cobertura mínima del suelo.
- Barbechos: se permiten tratamientos agrícolas entre abril y junio.
Preservación del potencial del suelo (BCAM7)
Los agricultores pueden optar entre rotar anualmente un tercio de la explotación o diversificar los cultivos anualmente.
Mejora de la biodiversidad de las explotaciones (BCAM 8)
Se mantiene la obligación de mantener elementos del paisaje, pero se elimina la necesidad de destinar un porcentaje de la superficie a áreas no productivas.
Ecorregímenes
Se han introducido una serie de cambios en los ecorregímenes para adaptarse mejor a las necesidades del sector y fomentar prácticas agrícolas más sostenibles.
Ecorregímenes en pastos
- Pastoreo extensivo: se permite a las autoridades competentes reducir la carga ganadera mínima necesaria en pastos mediterráneos hasta 0,1 Unidades de Ganado Mayor (UGM) por hectárea y en pastos húmedos hasta 0,2 UGM por hectárea, bajo ciertas condiciones.
- Prácticas de siega sostenible e islas de biodiversidad: estas se simplifican, reduciendo el área destinada a estas islas y disminuyendo el porcentaje sin segar en las islas de biodiversidad.
Ecorregímenes en cultivos leñosos
- Cubiertas vegetales: se permite al agricultor elegir el método de mantenimiento de la cubierta vegetal (mecánico y/o mediante ganado) y se incluye la inversión de flora como excepción para el uso de fitosanitarios en cubiertas vegetales.

Ecorregímenes de biodiversidad
- Espacios de biodiversidad: se permite establecer franjas de biodiversidad entre líneas de cultivo con un coeficiente de ponderación de 2, al igual que en los márgenes de biodiversidad y las islas, equiparando este coeficiente.
- No cosechado de leguminosas: se autoriza la creación de zonas de no cosechado de leguminosas, ampliando las opciones para mejorar la biodiversidad en las explotaciones.
Ecorregímenes en secanos y secanos áridos:
- En secano: se permitirá el establecimiento de cubiertas, tanto vegetales como inertes, en calles alternas y se eliminará el requisito de que la cubierta vegetal deba permanecer viva en un determinado periodo de tiempo.
- En secanos áridos: también se permitirá cumplir con la práctica de cubierta vegetal o inerte, estableciendo ésta en el 50% de la superficie declarada.